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Sanidad prepara una nueva norma para que los pacientes que rechacen operarse en un concertado sigan en la lista de espera oficial

Mantener la antigüedad no significará conservar el plazo máximo de atención 

Pero esta situación tendría también un matiz importante: continuar en la lista oficial no implicaría necesariamente mantener la garantía de ser atendido dentro de un plazo máximo.

El Real Decreto 1039/2011 permite que los servicios de salud ofrezcan alternativas para garantizar la atención dentro de determinados plazos, pero si el paciente rechaza esa opción (como la de ser intervenido en un centro concertado), esa garantía puede verse afectada y por tanto puede haber una modificación en los plazos. 

Otra novedad relevante es que el tiempo empezaría a contar desde el momento en que el médico indica la consulta, prueba o intervención, aunque administrativamente el paciente tarde unos días en aparecer registrado.

También se quiere incorporar información más clara sobre Atención Primaria: cuánto tarda una persona en conseguir cita con medicina de familia, pediatría o enfermería, y cuántos pacientes no consiguen cita por falta de huecos disponibles.

Eso sí, hablamos todavía de un proyecto de Real Decreto, por lo que estas modificaciones no están aplicándose todavía. La norma tendrá que completar su tramitación antes de entrar en vigor.

Foto | Hospital Sant Joan – Generalitat Valenciana

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Fuente: Artículo original

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